La pornografía infantil, que deberíamos llamar mejor MASI (Material de Abuso Sexual Infantil), hace referencia a toda representación por cualquier medio, de un niño o niña, dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales. En concreto, la pornografía infantil virtual es aquella que se transmite por internet y redes sociales, lo cual implica la facilidad para obtención y distribución de material pornográfico y el escaso control que existe en este ámbito.

¿Qué implica el consumo de pornografía infantil?

Según la convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (UNCRC), la pornografía infantil se califica como una violación de los derechos del menor y exige a las naciones que participen en la convención internacional y que adopten medidas para prevenir la explotación infantil en materiales de tipo pornográfico, de acuerdo al artículo 34. En la UNCRC se reconoce la dignidad intrínseca y los derechos iguales e inalienables a todos los miembros de la familia, garantizando una mayor protección del menor por su situación de desamparo o desprotección ante actuaciones de mayores. Además, se declara que el niño debe crecer en el seno de la familia para el pleno y libre desarrollo de su personalidad.

La pornografía infantil como explotación sexual

Se entiende el ASI como tal desde el momento en que implica un engaño, se realiza sin consentimiento y se utiliza al menor como objeto de intercambio:

  • Es un engaño en tanto que el niño o niña es obligado a practicar los actos sexuales, sin conocer, aceptar ni entender lo que está ocurriendo.
  • El menor es un objeto de intercambio ya que sus imágenes son tomadas, distribuidas, vendidas o comercializadas sin su consentimiento.

Además, la explotación sexual va más allá del momento en el que se lleva a cabo la grabación, producción y distribución del menor, continúa cada vez que ese vídeo pornográfico se consume. A mayor demanda, mayor necesidad de oferta, es decir, mayor necesidad de seguir produciendo dicho material con menores.

Qué ocurre en España con la pornografía infantil

En un estudio internacional realizado en 2009, España se situaba a en el puesto número 5 a nivel mundial con webs que contienen imágenes de abuso sexual infantil, un 3,4% sobre el total. Un año después, España fue considerado como el segundo país del mundo con más visitas a páginas web de pornografia infantil. Otro estudio, ha encontrado que 2 de cada 100 usuarios de sitios web con contenido pedófilo son de nacionalidad española.

Hay que destacar que existen algunas medidas ya implantadas a nivel nacional para intentar paliar esta problemática. La legislación española busca proteger al menor de edad, su derecho a la intimidad, a su libre desarrollo personal (sin ser coaccionado u obligado a realizar determinados actos). En España, la pornografia infantil (captar o utilizar al menor,  producir, distribuir, vender, ofrecer o facilitar la producción, venta, exhibición o difusión de material pornográfico) constituye un delito.

No obstante, el problema no se limita a nivel nacional, sino que se trata de una situación global que favorece la proliferación de estas actuaciones. Uno de los principales obstáculos es el alcance de todos y todas a las tecnologías, que crean un entorno de acceso fácil a la pornografia. Además, hasta ahora no existe una limitación a este contenido, por lo que las imágenes de menores en material pornográfico puede reproducirse infinitamente. Actualmente, la estimación del número de imágenes que circulan es de millones.

Un proyecto parlamentario¹

El parlamento europeo ha puesto en marcha nuevas normas para proteger a los niños en línea, que obligarán a los proveedores de Internet a evaluar si existe un riesgo significativo de que sus servicios se utilicen con fines de abuso sexual infantil y a tomar medidas para limitar estos riesgos.

Por otra parte, la ley creará un Centro Europeo de Protección de la Infancia que recogerá, clasificará y distribuirá los informes relacionados con estos contenidos a las autoridades nacionales competentes y a la Europol. El Centro desarrollará tecnologías de detección para los proveedores y mantendrá una base de datos de hashes y otros indicadores técnicos de los contenidos de pornografía infantil identificados por las autoridades nacionales.

En resumen, así lo explicaba el ponente parlamentario Javier Zarzalejos (PPE, España): ʺPara afrontar este importante reto de forma eficaz, hemos encontrado un compromiso jurídicamente sólido, apoyado por todos los grupos políticos. Creará normas uniformes para combatir el abuso sexual infantil online, lo que significa que todos los proveedores tendrán que evaluar si existe un riesgo de abuso relacionado con sus servicios y mitigarlos con medidas adaptadas caso por caso. Como último recurso, se pueden utilizar órdenes de detección para eliminar los contenidos abusivos que siguen circulando por Internet. Este acuerdo respeta el equilibrio entre la protección de los niños y la protección de la privacidad”.

Bibliografía:

(1) Abus sexuels sur les enfants en ligne: des mesures, pas de surveillance de masse | Actualité | Parlement européen. (s. f.). https://www.europarl.europa.eu/news/fr/press-room/20231110IPR10118/abus-sexuels-sur-les-enfants-en-ligne-des-mesures-pas-de-surveillance-de-masse